La persona propietaria de la vivienda es quien debe contratar este servicio con un técnico certificador para obtener su certificado energético según el Real Decreto 325/2013.
En caso de venta o alquiler de un inmueble, el propietario debe entregar el certificado al comprador o inquilino. La ley 8/2013 del 26 de Junio establece sanciones por incumplimiento de la normativa con multas que oscilan entre los 300€ y los 6.000€.
